ACUERDO General número 010/2024 por el que se suspenden actividades y se declaran inhábiles los días miércoles 25 y jueves 26 de septiembre de 2024 para la Delegación Quintana Roo de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, con motivo de la tormenta tropical Helene.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
MTRO. ARMANDO OCAMPO ZAMBRANO, Procurador de la Defensa del Contribuyente, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, primer párrafo, 6, fracción I, 8, fracciones I, VII, XI y XII de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; artículos 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 5, Apartado A, fracción I, 7, 15, fracciones XVIII y XXXI del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, expido el siguiente:
ACUERDO GENERAL NÚMERO 010/2024 POR EL QUE SE SUSPENDEN ACTIVIDADES Y SE DECLARAN
INHÁBILES LOS DÍAS MIÉRCOLES 25 Y JUEVES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024 PARA LA DELEGACIÓN
QUINTANA ROO DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE, CON MOTIVO DE
LA TORMENTA TROPICAL "HELENE"
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (en adelante la PRODECON), en términos del artículo 2 de su Ley Orgánica, es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión, que tiene por objeto principal el garantizar el derecho de la personas contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, mediante la prestación de sus servicios de asesoría, orientación, representación y defensa legal, recepción de quejas y emisión de recomendaciones, así como la adopción de acuerdos conclusivos entre otras atribuciones.
SEGUNDO. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 5, Apartado B, fracción VI del Estatuto Orgánico de la PRODECON, la Procuraduría cuenta con unidades administrativas, entre las cuales se encuentran las Delegaciones Estatales que prestan los servicios en sus respectivas circunscripciones a nivel nacional.
TERCERO. Que de acuerdo a lo establecido en los artículos Primero, Segundo, numeral 22 y Tercero, numeral 22 del Acuerdo por el que se establece la denominación, sede y circunscripción territorial de las Delegaciones de la PRODECON, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 08 de agosto de 2013, se estableció la Delegación Quintana Roo, con competencia en el Estado de Quintana Roo, cuya sede se encuentra en el domicilio ubicado en Avenida Xcaret, Lote 1, Manzana 1, Locales 41, 42, 82, 83 y 84, Supermanzana 35, Plaza Hollywood, Municipio Benito Juárez, Código Postal 77505, Ciudad de Cancún Quintana Roo.
CUARTO. Que mediante Aviso Meteorológico número 0685-24 de fecha 25 de septiembre de 2024, emitido a las 07:00 horas tiempo del Centro de México, el Servicio Meteorológico Nacional, informó que la Tormenta Tropical "Helene" se localiza a 65 km al este de Cancún; mantendrá lluvias torrenciales, vientos de fuertes y oleaje elevado en Quintana Roo y Yucatán, así como, rachas de viento de 90 a km/h, oleaje de 3 a 5 m de altura y condiciones para la formación de trombas marinas en costas de ambos Estados, "Helene" se desplazará muy próximo a la costa de Cancún y podría intensificarse a Huracán de categoría 1, en la escala de Saffir-Simpson, sobre el canal de Yucatán, por lo que se exhorta a la población a atender los avisos del Servicio Meteorológico Nacional (SMN), de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), y seguir las recomendaciones emitidas por las autoridades del Sistema de Protección Civil, ante las condiciones de lluvia, vientos fuertes y oleaje elevado.
QUINTO. Dado que es atribución del Titular de este organismo público descentralizado, velar por el cumplimiento de las funciones de la Procuraduría, así como la de emitir acuerdos, disposiciones, reglas de carácter general, lineamientos, criterios y medidas específicas para el desarrollo y mejor desempeño de las actividades propias de esta Entidad, proveyendo lo necesario en lo administrativo y en la organización del trabajo y, en virtud de la Tormenta Tropical "Helene" y de las consecuencias que se puedan generar donde se encuentran ubicadas las oficinas de la Delegación Quintana Roo de esta PRODECON, como medida preventiva y ante la necesidad de atender las recomendaciones de las autoridades de Protección Civil y con la finalidad de salvaguardar la integridad física de las personas servidoras públicas que en ella laboran, así como de las personas contribuyentes que acudan a solicitar los servicios, es necesario suspender actividades y declarar inhábiles los días miércoles 25 y jueves 26 de septiembre de 2024, únicamente para la referida Delegación.
Por las anteriores consideraciones y con fundamento en la normatividad precitada se emite el siguiente:
ACUERDO GENERAL NÚMERO 010/2024 POR EL QUE SE SUSPENDEN ACTIVIDADES Y SE DECLARAN
INHÁBILES LOS DÍAS MIÉRCOLES 25 Y JUEVES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024 PARA LA DELEGACIÓN
QUINTANA ROO DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE, CON MOTIVO DE
LA TORMENTA TROPICAL "HELENE"
ÚNICO. Se suspenden actividades y se declaran inhábiles los días miércoles 25 y jueves 26 de septiembre de 2024, únicamente para la Delegación Quintana Roo de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por lo que no correrán términos y plazos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse ante dicha unidad administrativa, en virtud de lo expuesto en los Considerandos Cuarto y Quinto que anteceden.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su emisión.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en la página electrónica oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y en un lugar visible de la Delegación, en cuanto las condiciones lo permitan, para su difusión y cumplimiento.
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2024.- Mtro. Armando Ocampo Zambrano, en mi carácter de Procurador de la Defensa del Contribuyente, en términos del artículo 5, Apartado A, fracción I en relación con el artículo 15, fracciones XVIII y XXXI, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.- Rúbrica.