DOF: 20/12/2024
ACUERDO por el que se dan a conocer los días que no se considerarán hábiles por la Secretaría de Energía

ACUERDO por el que se dan a conocer los días que no se considerarán hábiles por la Secretaría de Energía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.

LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, Secretaria de Energía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, segundo párrafo, 2, fracción I, 26 y 33, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4, 28 y 30, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1, 4 y 5, fracción XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 1 y 28, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se considerarán días inhábiles aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo de la persona titular de la Dependencia respectiva, mismo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Que con el propósito de brindar certeza a los particulares respecto de los trámites y procedimientos que se lleven a cabo ante la Secretaría de Energía y las actuaciones de las personas servidoras públicas adscritas a la misma, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS QUE NO SE CONSIDERARÁN HÁBILES POR
LA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Primero. No se considerarán como hábiles los días comprendidos del 20 de diciembre de 2024 al 3 de enero de 2025, para efecto de la realización de trámites, procedimientos y demás actividades que, en ejercicio de sus atribuciones, realiza la Secretaría de Energía.
Segundo. Durante los días citados en el artículo anterior, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustancian ante las unidades administrativas de la Secretaría de Energía.
Tercero. Lo dispuesto en el artículo Primero, no será aplicable tratándose de adquisiciones, arrendamientos y servicios y en lo relativo a la programación y presupuesto para el cierre del ejercicio presupuestario de 2024.
TRANSITORIOS
Único. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 19 de diciembre de 2024.- La Secretaria de Energía, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.
 

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