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DOF: 15/01/2025 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ci CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia de fecha 8 de febrero de 2024, dictada dentro del Juicio de Nulidad No. 26806/21-17-07-9, promovido por la empresa Carimed Equipos, S.A. de C.V., así como su respectiva aclaración de fecha 30 de septiembre de 2024, declaró la nulidad de la resolución número 00641/30.15/5298/2021 de fecha 24 de agosto de 2021, dictada en el expediente PISI-A-NC-DS-0011/2020, a efecto de que se reponga el procedimiento incoado a la empresa Carimed Equipos, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control Específico en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. PISI-A-NC-DS-0011/2020. CIRCULAR NÚMERO 00641/30.15/7539/2024 Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Públicas del Estado, Fiscalía General de la República, Entidades Federativas y sus Municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia de fecha 8 de febrero de 2024, dictada dentro del Juicio de Nulidad No. 26806/21-17-07-9, promovido por la empresa CARIMED EQUIPOS, S.A. DE C.V., así como su respectiva aclaración de fecha 30 de septiembre de 2024, declaró la nulidad de la resolución número 00641/30.15/5298/2021 de fecha 24 de agosto de 2021, dictada en el expediente PISI-A-NC-DS-0011/2020, a efecto de que se reponga el procedimiento incoado a la empresa CARIMED EQUIPOS, S.A. DE C.V. DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. PRESENTES. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 59, 60, fracción IV, y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 50, 114 y 115 de su Reglamento; 1, 2, 3, 13, 35, 36, 38, 50, 56, 60, tercer párrafo, 70, fracciones II y VI, y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 18, 26, 37, fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal de conformidad con los Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado el 28 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación; 62, primer párrafo de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 1, 2, 3, fracción XV, 7, apartado E, fracción V, inciso c), 93, fracción III, 98, fracción III y 101, fracción IV, inciso d) y fracción XII y Décimo Primero Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 2023: 83, párrafos Primero, Segundo, Tercero, Sexto y Octavo del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado el 28 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación; y toda vez que, en cumplimiento a la sentencia de fecha 8 de febrero de 2024, así como su respectiva aclaración de fecha 30 de septiembre de 2024, dictadas por la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio de nulidad 26806/21-17-07-9, esta Área de Responsabilidades a través del acuerdo número 00641/30.15/7538/2024 del 6 de diciembre de 2024, dejó sin efectos todo lo actuado en el procedimiento administrativo sancionador del expediente número PISI-A-NC-DS-0011/2020, a partir de la emisión del oficio de inicio de procedimiento número 00641/30.15/3800/2021 de fecha 21 de junio de 2021; consecuentemente, la Circular No. 00641/30.15/6159/2021 del 31 de agosto de 2021 publicada el 09 de septiembre de 2021, a través de la cual se comunicó la inhabilitación impuesta a la moral CARIMED EQUIPOS, S.A. DE C.V. en el Expediente No. PISI-A-NC-DS-011/2020 queda sin efectos. Ciudad de México, a 18 de diciembre de 2024.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control Específico en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Alberto Mociñoz Gutiérrez.- Rúbrica.
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