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DOF: 25/03/2025 |
ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 8 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 8, fracciones I, VI, VII, VIII y IX de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 5 del Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas; 1 y 3 del Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte; así como 2, 4, primer párrafo, y 5, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y CONSIDERANDO Que el artículo 25, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia. Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece que los trámites y servicios deberán respetar los principios de legalidad, reserva de ley, jerarquía normativa y todos aquellos que tiendan a los objetivos de dicho instrumento. Que son objetivos de la política de mejora regulatoria simplificar y modernizar los trámites y servicios, los cuales podrán ser simplificados mediante acuerdos generales publicados en el medio de difusión correspondiente. Que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes formula y conduce las políticas públicas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte terrestre de acuerdo a las necesidades del país; y cuenta con facultades para otorgar permisos para la explotación de servicios de autotransporte federal; construcción de accesos, cruzamientos e instalaciones marginales, en el derecho de vía de las carreteras federales; establecimiento de paradores, instalación de anuncios y señales publicitarias; así como la construcción, modificación o ampliación de la obras en el derecho de vía, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES Y SERVICIOS QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES ARTÍCULO PRIMERO.- Se unifican los trámites que se señalan a continuación y se implementan formatos únicos: SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 1 | SCT-08-001-A | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota Modalidad: Accesos | 1. Se fusionan los trámites con homoclaves: SCT-08-001-A, SCT-08-001-B, SCT-08-001-C, SCT-08-001-D, SCT-08-001-E y SCT-08-001-F, para quedar como sigue: Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota Con las modalidades: A. Accesos B. Cruzamientos C. Instalación de anuncios D. Señales informativas E. Instalaciones marginales F. Obras no contempladas en el proyecto original de la autopista 2. Implementación de formatos únicos | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma, de las personas físicas o representantes legales. 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Poder notarial. En los casos donde el solicitante designe a un representante legal para presentar la solicitud de permiso. 5. Comprobante de pago por concepto de viáticos. 6. Constancia de no afectación a terceros o a instalaciones y obras establecidas 7. Proyecto ejecutivo. 8. USB que contenga los archivos informáticos en formato DWG y PDF de documentación técnica (planos) correspondiente al acceso que se pretende construir En caso de ser persona moral Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: a) Acta constitutiva. En el caso de las modalidades: A. Accesos B. Cruzamientos C. Instalación de anuncios Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: Documento que acredite la debida posesión del predio objeto de la obra, ya sea persona moral o física. Para el caso de cruzamientos solo aplica cuando las instalaciones u obras se conecten con predios aledaños al derecho de vía. En el caso de la modalidad: C. Instalación de anuncios Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: Documento de no existencia de anuncios en una longitud de 300 m a la redonda del sitio propuesto en su solicitud. En caso de contar con un Dictamen Técnico favorable, el solicitante debe presentar el comprobante de pago de derechos del permiso. Las especificaciones del Proyecto Ejecutivo para cada modalidad pueden ser consultadas en: https://www.sct.gob.mx/carreteras/direccion-general-de-desarrollo-carretero/atencion-al-usuario/tramites/ | 2 | SCT-08-001-B | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota Modalidad: Cruzamientos | 3 | SCT-08-001-C | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota Modalidad: Instalación de anuncios | 4 | SCT-08-001-D | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota Modalidad: Señales informativas | 5 | SCT-08-001-E | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota. Modalidad: Instalaciones marginales | 6 | SCT-08-001-F | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de puentes de cuota. Modalidad: Obras no contempladas en el proyecto original de la autopista. | SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DE CARRETERAS | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 7 | SCT-01-001-A | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Accesos, Cruzamientos e Instalaciones Marginales. | 1. Se fusionan los trámites con homoclaves: SCT-01-001-A, SCT-01-001-B, SCT-01-001-C y SCT-01-001-D, para quedar como sigue: Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Con las modalidades: A. Accesos B. Cruzamientos C. Instalaciones Marginales D. Paradores E. Anuncios publicitarios F. Señales informativas 2. Implementación de formatos únicos | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma, de las personas físicas o representantes legales. 3. Cédula de Identificación Fiscal. 4. Poder notarial. En los casos donde el solicitante designe a un representante legal para presentar la solicitud de permiso. 5. Comprobante de pago por concepto de viáticos. 6. Constancia de no afectación a terceros o a instalaciones y obras establecidas. 7. Proyecto ejecutivo. 8. USB que contenga los archivos informáticos en formato DWG y PDF de documentación técnica (planos) correspondiente a la obra que se pretende construir. En caso de ser persona moral Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: a) Acta constitutiva. En el caso de las modalidades: A. Accesos B. Cruzamientos C. Paradores D. Anuncios publicitarios Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: Documento que acredite la debida posesión del predio objeto de la obra, ya sea persona moral o física. Para el caso de cruzamientos solo aplica cuando las instalaciones u obras se conecten con predios aledaños al derecho de vía. En el caso de la modalidad: D. Anuncios publicitarios Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: Documento de no existencia de anuncios en una longitud de 300 m a la redonda del sitio propuesto en su solicitud. En caso de contar con un dictamen técnico favorable, el solicitante debe presentar el comprobante de pago de derechos del permiso. Las especificaciones del Proyecto Ejecutivo para cada modalidad pueden ser consultadas en: https://sct.gob.mx/index.php?id=7932 | 8 | SCT-01-001-B | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Paradores | 9 | SCT-01-001-C | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Anuncios publicitarios | 10 | SCT-01-001-D | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Señales informativas | SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 11 | SCT-03-025 | Registro de sociedades en autotransporte federal. | Se fusionan los trámites con homoclaves: SCT-03-025 y SCT-03-021 para quedar como: Registro y modificación de personas físicas y morales ante la SICT. | Registro y modificación de personas físicas y morales ante la SICT 1. Requisitar el formulario de pre-registro encontrado en la página electrónica http://aplicaciones11.sct.gob.mx/siiaf/CDPagNva.jsp?cPagina=CD/frmmi.js&cPagNva=pgINTSolicitud.js 2. Constancia de identificación fiscal, actualizada. 3. En caso de ser persona moral, Acta Constitutiva. 4. En caso de ser persona física, Identificación oficial vigente del promovente. 5. En caso de que el trámite se realice mediante apoderado o representante legal, se deberá presentar poder otorgado ante fedatario público e identificación oficial vigente del apoderado legal. En el caso de modificación, además de los requisitos anteriores, se deberá presentar lo siguiente: Tratándose de una persona física o moral: a) Poder notarial de la representante legal, el en caso de que cambie la representación. b) Constancia de situación fiscal ante el SAT que precise el domicilio fiscal a modificar, en caso de cambio de domicilio. Tratándose de una persona moral: a) Acta de asamblea general ordinaria o extraordinaria protocolizada ante fedatario público e inscrita en el Registro Público de Comercio, en caso de modificación de accionistas, tipo de capital, órgano de administración de la sociedad, nuevos socios o cambiar los existentes, cambiar o ampliar el objeto social. b) Acta de asamblea general ordinaria o extraordinaria protocolizada ante fedatario público e inscrita en el Registro Público de Comercio, así como, constancia de situación fiscal ante el SAT, en caso de cambio de nombre o razón social. Para la prestación de un servicio de autotransporte federal o de un servicio auxiliar, en el objeto social deberá constar como actividad principal de la sociedad la operación del servicio de autotransporte federal en alguna de sus diversas modalidades o del servicio auxiliar que corresponda al solicitado, y contar con cláusula de exclusión de extranjeros la cual, como excepción, no aplica para el servicio auxiliar de paquetería y mensajería. Para el registro como empresa arrendadora de automotores, remolques y semirremolques o de automóviles para uso particular, en el objeto social deberá constar como actividad principal de la sociedad el arrendamiento de dichos vehículos. Cuando el trámite se inicie de manera electrónica, se deberá contar con la e.firma emitida por el SAT. Llenar el formulario con los datos correspondientes y adjuntar digitalmente todos los documentos requeridos. Obtener la constancia de registro o constancia de modificación, según sea el caso. Dar seguimiento a través del tablero electrónico y estar atento a recibir dicho documento de forma electrónica, además de que se le pedirá un acuse electrónico de la entrega. | 12 | SCT-03-021 | Modificación al registro ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. | SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 13 | SCT-05-007 | Examen Psicofísico Integral para el personal del transporte público federal. | Se fusionan los trámites con homoclaves: SCT-05-007, SCT-05-005-A y SCT-05-005-B para quedar como: Examen Psicofísico Integral para el personal del transporte público federal Con las modalidades: a) Examen psicofísico integral para el personal que opera, conduce y/o auxilia en los modos de transporte terrestre que se realizan en las vías generales de comunicación, a través de caminos y puentes, así como por ferrocarril, competencia de la Secretaría. b) Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral, examen médico en operación, examen post accidente y examen toxicológico. | Examen Psicofísico Integral para personal de transporte terrestre federal, para efectos de expedición y/o revalidación 1. Cita en línea 2. Identificación oficial 3. Comprobante de pago a) Examen psicofísico integral para el personal que opera, conduce y/o auxilia en los modos de transporte terrestre que se realizan en las vías generales de comunicación, a través de caminos y puentes, así como por ferrocarril, competencia de la Secretaría. b) Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral, examen médico en operación, examen postaccidente y/o examen toxicológico. La solicitud para revaloración derivada del Dictamen de No Aptitud Psicofísica por consumo de sustancias psicotrópicas, incluyendo medicamentos con este efecto o por ingestión de bebidas alcohólicas, deberá ser acompañada de constancia expedida por dos médicos con cédula profesional para ejercer como Psiquiatra, o constancia expedida por un centro especializado en salud mental y adicciones incorporado a la Secretaría de Salud. En adición a los requisitos anteriores, y en cumplimiento con el Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte, el personal médico podrá solicitar ampliar la información médica requerida, tomando como referencia las causas de no aptitud contenidas en los requisitos médicos del modo de transporte terrestre federal que corresponda. | 14 | SCT-05-005-A | Examen Psicofísico Integral para Efectos de Revaloración. Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación. | 15 | SCT-05-005-B | Solicitud de Examen Psicofísico Integral para Efectos de Revaloración. Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. | ARTÍCULO SEGUNDO.- Se implementan formatos únicos para los trámites que se señalan a continuación: SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 16 | SCT-08-003 | Solicitud de prórroga para la conclusión de la construcción de obras derivadas de los permisos para el aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales y zonas aledañas | Implementación de formatos únicos | 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Comprobante de pago por concepto de viáticos. 3. Programa de obra actualizado. En los casos en que el representante legal del permisionario no sea el mismo que solicitó el permiso, se deberá presentar el poder notarial o el documento equivalente, así como la identificación oficial del nuevo representante legal, en original. En caso de que haya sido modificada la obra, agregar el proyecto ejecutivo modificado, incluyendo lo siguiente: a) Nuevo programa de obra y b) Presupuesto de obra actualizado | 17 | SCT-08-004 | Solicitud de autorización para la cesión de los derechos y obligaciones derivados de los permisos para el aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales y zonas aledañas | Implementación de formatos únicos | 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma, de las personas físicas o representantes legales, tanto del Cedente como del Cesionario. 3. Copia certificada del permiso otorgado por la Secretaría. 4. Cédula de Identificación Fiscal del Cedente y del Cesionario 5. Documento en que conste la cesión de derechos entre el cesionario y el cedente, otorgado ante fedatario público. 6. Proyecto Ejecutivo Autorizado digitalizado. 7. Comprobante de pago por concepto de viáticos. En caso de ser persona moral Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: a) Acta constitutiva o documento equivalente del Cedente y del Cesionario. En los casos en que el representante legal del cedente no sea el mismo que solicitó el permiso, se deberá anexar el poder notarial o el documento equivalente, así como la identificación oficial del nuevo representante legal, en original. | SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DE CARRETERA | No. | Homoclave del trámite | Nombre del trámite | Mejora implementada | Requisitos | 18 | SCT-01-003 | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Prórroga para la conclusión de obras | Implementación de formatos únicos | 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Comprobante de pago por concepto de viáticos. 3. Programa de obra actualizado. En los casos en que el representante legal del permisionario no sea el mismo que solicitó el permiso, se deberá presentar el poder notarial o el documento equivalente, así como la identificación oficial del nuevo representante legal, en original. En caso de que haya sido modificada la obra, agregar el proyecto ejecutivo modificado, incluyendo lo siguiente: a) Nuevo programa de obra y b) Presupuesto de obra actualizado | 19 | SCT-01-004 | Permiso para el uso y aprovechamiento del derecho de vía de las carreteras federales libres de peaje y zonas aledañas Modalidad: Cesión de derechos y obligaciones. | Implementación de formatos únicos | 1. Formato debidamente llenado y firmado por el promovente o su representante legal. 2. Identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma, de las personas físicas o representantes legales, tanto del Cedente como del Cesionario. 3. Copia certificada del permiso otorgado por la Secretaria. 4. Cédula de Identificación Fiscal del Cedente y del Cesionario. 5. Documento en que conste la cesión de derechos entre el cesionario y el cedente, otorgado ante fedatario público. 6. Proyecto Ejecutivo Autorizado digitalizado. 7. Comprobante de pago por concepto de viáticos. En caso de ser persona moral Además de los requisitos anteriores, deberá presentar: a) Acta constitutiva o documento equivalente del Cedente y del Cesionario. En los casos en que el representante legal del cedente no sea el mismo que solicitó el permiso, se deberá anexar el poder notarial o el documento equivalente, así como la identificación oficial del nuevo representante legal, en original. | TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los cinco días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación. TERCERO. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes modificará la información que resulte necesaria en las fichas de trámites, incluyendo los formatos correspondientes inscritos en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria. CUARTO. Las acciones de simplificación que se formalizan en el presente Acuerdo podrán ser utilizadas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados de esta Secretaría, cuando así se requiera y en coordinación con el Responsable Oficial de Mejora Regulatoria, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria. QUINTO. En los trámites que se señalan en el presente acuerdo, todos los documentos se seguirán presentando en original y copia para su cotejo, hasta en tanto la autoridad competente implemente los medios digitales para su atención. Ciudad de México, a 24 de marzo de 2025.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.
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