CONVOCATORIA 2007 para el otorgamiento de apoyos del Programa Pro-Arbol de la Comisión Nacional Forestal.
Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional Forestal.
JOSE CIBRIAN TOVAR, Director General de la Comisión Nacional Forestal, con fundamento en los artículos 17, 21, 22, 137, 138 y 140 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 2 fracciones XLV y LIII, 75 y 77 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 179 de su Reglamento, sus correlativos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal, así como 12 del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Programa Pro-árbol de la Comisión Nacional Forestal, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la asistencia de la Comisión Nacional Forestal, en lo sucesivo la CONAFOR, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Programa Pro-árbol de la CONAFOR, en lo sucesivo denominado Reglas de Operación. En dicho Acuerdo se establece la obligación de emitir la Convocatoria a los interesados en participar en el proceso de la asignación de los apoyos, para que con oportunidad conozcan los términos y las condiciones para participar en el proceso referido. En razón de lo anterior se da a conocer la siguiente:
CONVOCATORIA 2007 PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DEL PROGRAMA PRO-ARBOL DE LA COMISION NACIONAL FORESTAL
1. Beneficiarios: Podrán ser elegibles para ser sujetos de apoyo los interesados que cumplan con los requisitos señalados en las Reglas de Operación y que presenten sus solicitudes de conformidad a éstas y a lo establecido en esta Convocatoria.
2. Plazos: Los interesados deberán integrar y presentar sus solicitudes de apoyo de conformidad a los plazos y las actividades siguientes:
Actividad | Plazo límite |
Recepción de documentos para la solicitud de los apoyos: | |
Todos los de Planeación y Organización Forestal; Todos los de Conservación y Restauración menos prevención y combate de incendios forestales y servicios ambientales. | 35 días hábiles posteriores a la publicación de esta Convocatoria |
Plantaciones forestales comerciales, servicios ambientales y todos los conceptos de Elevar el Nivel de Competitividad. | 40 días hábiles posteriores a la publicación de esta Convocatoria |
Todos los de Producción y Productividad menos plantaciones forestales comerciales. | 45 días hábiles posteriores a la publicación de esta Convocatoria |
Prevención y combate de incendios forestales. | 50 días hábiles posteriores a la publicación de esta Convocatoria |
Notificación en caso de algún dato o documento faltante | Dentro de los 10 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud |
Cumplimentar la información y/o documento faltante | 5 días hábiles posteriores a la notificación |
Emisión de los dictámenes de factibilidad y resolución del comité para los conceptos de: | |
Todos los de Planeación y Organización Forestal; Todos los de Conservación y Restauración menos prevención y combate de incendios forestales y servicios ambientales. | 30 días hábiles posteriores al cierre de recepción de solicitudes |
Plantaciones forestales comerciales, servicios ambientales y todos los conceptos de Elevar el Nivel de Competitividad. | 50 días hábiles posteriores al cierre de recepción de solicitudes |
Todos los de Producción y Productividad menos plantaciones forestales comerciales. | 70 días hábiles posteriores al cierre de recepción de solicitudes |
Prevención y combate de incendios forestales. | 90 días hábiles posteriores al cierre de recepción de solicitudes |
Publicación de resultados de asignación de recursos | 5 días hábiles posteriores a la resolución del comité |
Emisión y firma del convenio de adhesión contenido en el Anexo correspondiente de las presentes Reglas. | 10 días hábiles siguientes a la publicación de los resultados |
3. Recepción de solicitudes: La recepción de las solicitudes de los interesados se hará indistintamente en:
a) Las oficinas de la CONAFOR;
b) La oficinas de los gobiernos de las entidades federativas, y
La recepción de las solicitudes y documentos se hará en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles, y en las oficinas de los gobiernos de las entidades federativas en sus horarios y domicilios oficiales.
4. Aspectos generales: Cualquier modificación a la presente Convocatoria será publicada en el Diario Oficial de la Federación. La recepción de solicitudes y documentos no significa que el interesado vaya a resultar beneficiario.
5. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de esta Convocatoria ante cualquiera de las instancias siguientes:
El Organo Interno de Control en la CONAFOR, ubicado en Periférico Poniente número 5360, edificio B, 1er. piso, colonia San Juan de Ocotán, código postal 45019, Zapopan, Jalisco, teléfonos lada sin costo: 01800 5004361, 01(33) 37777020, fax 01(33) 37777019, o a la dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx
A la Secretaría de la Función Pública, ubicada en avenida Insurgentes Sur 1735, piso 10, Ala Sur, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., vía telefónica a través de SACTEL (Servicio de Atención Ciudadana Telefónica) lada sin costo 01800 0014800, o bien, en la Ciudad de México al 01(55) 54802000.
Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al Organo Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios.
Atentamente
Zapopan, Jal., a 29 de enero de 2007.- El Director General de la Comisión Nacional Forestal, José Cibrián Tovar.- Rúbrica.
(R.- 244062)
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 20 de febrero de 2007
Martes 20 de febrero de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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